Tipos de arras
Arras penitenciales: cualquiera puede desistir perdiendo o devolviendo el doble. Arras confirmatorias: refuerzan el compromiso sin facultad unilateral de desistimiento. Arras penales: fijan indemnización por incumplimiento.
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Ejemplo práctico (datos de muestra)
Ejemplo: precio de compraventa 220.000 €; arras penitenciales de 15.000 € entregadas el 15 de agosto; escritura prevista antes del 15 de noviembre; si el comprador desiste, pierde las arras; si desiste el vendedor, debe devolver el doble (30.000 €).
Genera el PDF de arras con estos campos y revisa con ambas partes que la calificación “penitenciales” consta de forma expresa.
Plazos y condición suspensiva
Incluye fecha prevista de escritura, precio total de compraventa y si la operación queda sujeta a financiación hipotecaria u otras condiciones. Si el comprador no obtiene el préstamo en el plazo pactado, conviene prever cómo se devuelven las arras.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se suele entregar de arras?
No hay cantidad legal fija. Lo habitual en el mercado inmobiliario español es entre el 5 % y el 10 % del precio de compraventa, aunque las partes pueden pactar otra cifra.
¿Deben indicarse expresamente como penitenciales?
Sí. La calificación jurídica de las arras determina las consecuencias de desistir. Conviene que el documento lo indique de forma clara.
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